Consejo de Legislación 2019: Cambios esenciales para clubes y distritos

Consejo de Legislación 2019: cambios esenciales para clubes y distritos 

 

(Los números entre paréntesis indican los proyectos de enmienda correspondientes)

 

Asistencia 

Compensación de ausencias. Los rotarios podrán compensar las ausencias de las reuniones del club en el mismo año rotario (19-35).

 

Directiva del club 

Presidente. El mandato del presidente del club podrá prolongarse por un máximo de un año de no contarse con un sucesor debidamente elegido (19-22).

 

Finanzas del club 

Informes financieros. La reunión anual para la elección de funcionarios incluye la presentación del informe financiero a mitad de año y los ingresos y egresos del año anterior y del año en curso (19-24).

 

Finanzas de los clubes satélite. Los informes financieros de los clubes satélite podrán ser auditados o revisados (19-29).

 

Aumento de las cuotas per cápita. En el año 2019-2020, la cuota per cápita es de $34 por semestre. Para mejorar el servicio a los clubes, las cuotas per cápita semestrales se incrementarán $0.50 en cada uno de los próximos tres años, por lo que pasará de ser de $34.50 por semestre en 2020-2021 a $35 por semestre en 2021-2022 y $35.50 por semestre en 2022-2023 (19-82).

 

Cambio de nombre o de localidad del club 

Ampliación del plazo de notificación. Los cambios propuestos al nombre o la localidad del club deberán proporcionarse a cada socio y al gobernador al menos 21 días (el plazo vigente en estos momentos es de 10 días) antes de que el cambio se someta a votación (19-26).

 

Modernización del texto. Se eliminaron las restricciones sobre clasificaciones para la constitución de un nuevo club en la comunidad. Podrán organizarse clubes, incluso si ya existen en ella uno o más. La localidad de un club que realice sus actividades principalmente en línea será mundial o la que determine la directiva del club (19-28).

 

Reglas de los clubes 

Modernización del texto. El texto de los estatutos prescritos a los clubes rotarios fue actualizado y simplificado para facilitar así su lectura. No se efectuaron cambios sustanciales a su contenido. Descarga la nueva versión, la cual deberá ser utilizada por todos los clubes (19-30 y 19-116).

 

Finanzas de los distritos 

Ampliación del plazo. Dentro del plazo de un año después de haber concluido su mandato como gobernador, este deberá proporcionar a los clubes, para su aprobación, una declaración e informe anual sobre las finanzas del distrito, la cual deberá haber sido revisada independientemente (19-57).

 

Liderazgo distrital

Distritos sin vicegobernadores. Si un gobernador no pudiera ejercer su cargo y el distrito no contara con un vicegobernador, solo podrán cubrir esta vacante rotarios que hayan ocupado previamente el cargo de gobernador (19-53).

 

Elecciones 

Número de votos de los clubes. El número de votos de un club se determinará conforme al número de socios indicado en la factura del 1 de julio (19-49).

 

Plazo para la presentación de candidatos contendientes. De presentarse un candidato contendiente al cargo de gobernador, la votación se realizará por correo o en la Conferencia de Distrito, siempre que la candidatura del contendiente se mantenga en vigor por un período de 30 días (19-52).

 

Cuotas distritales. Un club solo podrá participar en la votación para elegir al miembro titular y el miembro suplente del Comité de Propuestas para Director de RI, para la elección del gobernador propuesto o en la votación mediante electores en la Conferencia de Distrito, si está al día en sus obligaciones financieras para con el distrito. El gobernador determinará la condición financiera del club (19-54).

 

Membresía 

Clubes Rotaract. Al igual que los clubes rotarios, los clubes Rotaract son ahora socios de Rotary International. Si bien no se aprobaron cambios que afecten la operación de los clubes Rotaract o sus clubes rotarios patrocinadores, esta disposición eleva el estatus de los clubes Rotaract y permite a RI incrementar el apoyo y los recursos que les presta para contribuir a su crecimiento (19-72).

 

Diversidad. Los clubes necesitan contar con una membresía equilibrada que adopte la diversidad (19- 18).

 

Clasificación. Se eliminó la limitación al número de socios con la misma clasificación para que los clubes determinen por sí mismos el número apropiado de socios con una clasificación en particular. Además, a los funcionarios públicos elegidos o nombrados ya no se les prohíbe su afiliación a los clubes bajo la clasificación correspondiente a sus cargos (19-37 y 19-39).

 

Clubes pequeños. Los gobernadores podrán solicitar a la Directiva de RI que den de baja a clubes con menos de seis socios (19-70).

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